"Estaba pagando 3.240€ y ahora he pasado a pagar algo más de 1.000€. Además, conozco la cuota que voy a pagar los próximos 3 años"
Francisco - Valencia - 15 Jul 2011
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Agente de la Propiedad Inmobiliaria
(API) Profesional titulado que actúa como intermediario en una transacción inmobiliaria y que normalmente cobra como contraprestación, un porcentaje sobre el precio de la misma (comisión).

Aceptación
Se entiende al hecho de aceptar el contrato y los términos descritos en el mismo de un préstamo hipotecario ofertado por una entidad bancaria.

Actualizar
Técnica de cálculo financiero utilizada para reflejar en unidades monetarias actuales un flujo de cantidades situadas en distintos momentos.

Acuerdo de compraventa
En muchas ocasiones se firma este documento en el que se refleja el acuerdo alcanzado entre vendedor y comprador, antes de firmar la escritura.

Amortización
Pago total o parcial que se realiza para la devolución del capital de un préstamo.

Arbitrio municipal de plusvalía
Antigua denominación del Impuesto sobre el Incremento del valor de los Terrenos.

Arras
Cantidad de dinero que supone una parte del precio total de la vivienda y que se confía al vendedor como garantía de que el comprador cerrará la operación en un plazo determinado. Si después de este plazo el comprador desiste, pierde la suma entregada. En cambio, si el vendedor no respeta el plazo pactado y vende la vivienda a otra persona, tendrá que devolver el doble de esta cantidad a la persona que remitió las arras. Si la operación se cierra, las arras son consideradas como un pago a cuenta.

Avalista
Persona que interviene como garante en un préstamo y que asume las responsabilidades de pago en caso de que el prestatario no haga frente a la deuda o a sus intereses.

Base de Cálculo
El número de días utilizado en la fórmula para calcular los intereses. Según el año natural sería 36.500 y según el año comercial sería 36.000. La mayoría de entidades usan la base 36.000 ya que los intereses son algo mayores.

Cancelación anticipada
Se entiende por tal la anticipación de las cantidades pactadas en concepto de amortización de un préstamo. Puede ser total o parcial. Se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad anticipada, para compensar el quebranto financiero que supone la alteración del calendario de amortización pactado. En el caso de los préstamos a tipo de interés variable el porcentaje máximo legal es el 1%.

Cancelación registral
Eliminación en el Registro de la Propiedad de la Inscripción de la carga que figura sobre una finca.

Cantidades Garantizadas
Importe total de la deuda que cubre la hipoteca, no sólo es el principal que se ha prestado, también incluye una cantidad por intereses y las posibles costas por un juicio por impagados. Es la base que se utiliza para el cálculo de los honorarios del notario en la escritura de hipoteca.

Capital
Importe nominal del préstamo hipotecario. Total de la deuda pendiente, sin incluir los intereses.

Carencia
Periodo dentro de la vida de un préstamo durante el cual sólo se pagan intereses y no se amortiza capital.

Cargas
Limitaciones al dominio de una finca. Constan en documento público y se inscriben en el Registro de Propiedad. Son algunos ejemplos: las hipotecas, usufructos, condiciones resolutorias, etc.

Certificado registral
Documento legitimado y expedido por el Registro de la Propiedad, en el que se declara la situación de cargas respecto a una finca.
CIRBE Central de Información de Riesgos del Banco de España, lugar donde recurren las entidades financieras, bajo autorización del cliente, para consultar los niveles de riesgo y morosidad de los interesados en contratar un préstamo hipotecario.

Comisiones
Porcentajes sobre el importe total del préstamo que la entidad financiera puede cobrar al prestatario, por diversos conceptos, siempre y cuando se encuentren expresamente recogidas en la escritura del préstamo.

Comunero
Copropietario.

Contingencias
Condiciones que deben tenerse en cuenta ya que pueden condicionar en gran medida la validez del contrato de hipoteca.

Contribución Urbana
Es una tasa municipal de carácter anual que soporta el propietario de la vivienda o propiedad inmobiliaria, urbana o rústica. También se la conoce como IBI: impuesto de bienes inmuebles.

Crédito hipotecario
Es un contrato por el que una entidad financiera abre una línea de financiación de la que el titular puede ir tomando cantidades según sus necesidades (esta es la principal diferencia con un préstamo, en este, la cantidad inicial es fija y sólo hay una entrega de dinero por parte de la entidad). El titular se obliga a devolver las cantidades que haya recibido en los plazos y condiciones pactadas entre las partes. En el caso de incumplimiento por el receptor del dinero, la entidad tiene la garantía hipotecaria con lo que pasará a ser la propietaria del bien. El crédito se formaliza en escritura pública para poder ser inscrito en el Registro de la Propiedad.

Cuota
Cada uno de los pagos periódicos que se realizan para la devolución de un préstamo y que comprende parte de capital y parte de intereses.

Cuota constante
El importe a pagar es siempre el mismo, siempre y cuando no varíe el tipo de interés.

Cuota creciente
Se establece un porcentaje a pagar, a partir del cual la cuota va aumentando periódicamente. Al inicio de la amortización del préstamo, se paga menos, pero los intereses son, al final del periodo de amortización, sustancialmente mayores al de los demás sistemas de amortización.
Cuota de capital constante. Ver Cuota Decreciente.

Cuota de Participación
Porcentaje asignado a cada vivienda o local de un edificio que implica la participación en los gastos que ésta genera en igual proporción.

Cuota decreciente
El capital amortizado es siempre el mismo, reduciéndose constantemente los intereses, y así, la cuota a pagar.

Diferencial
Porcentaje que se suma al valor del índice de referencia, en el momento de la revisión del tipo de interés, en los préstamos contratados a tipo variable o mixto.



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